CÓDIGO ÉTICO

 
Seguimiento y control

El presente código ético, así como las políticas y procesos que del mismo se deriven, son de aplicación a todos los profesionales de BLING BLING, s.l. con independencia de su nivel jerárquico, ubicación funcional o geográfica.

Por lo tanto, es de aplicación al órgano de administración de BLING BLING, s.l., a la alta dirección y a todos sus empleados.

Todos aquellos profesionales de BLING BLING, s.l. Con personal a su cargo, además, velarán porque las personas a su cargo conozcan y cumplan con el código ético, nuestras políticas y procesos, predicando siempre con el ejemplo.

 
Valores corporativos

Ética profesional, integridad, honradez, lealtad, eficacia y responsabilidad ante nuestros grupos de interés, en todas las actuaciones de BLING BLING, s.l., siempre con absoluto respeto a la legalidad vigente.

Espíritu de superación y mejora continua en el desempeño profesional con permanente orientación a la excelencia.

Transparencia en la difusión de la información, que ha de ser adecuada, veraz y contrastable y completa.

Respeto por los principios establecidos en la declaración universal de los derechos humanos, la declaración de los principios fundamentales de derecho en el trabajo de la organización internacional del trabajo.

Igualdad basada en la tolerancia 0 con la discriminación por razones de raza, color nacionalidad, origen social, edad, sexo, orientación sexual, religión, ideología política o cualquier otra característica personal, física o social de sus profesionales.

Creación de valor con búsqueda permanente de la rentabilidad y el crecimiento sostenibles.

Impulso constante a la calidad comprometida, innovación, seguridad y respeto al medio ambiente.

Estos valores constituyen la base sobre la que se sustenta este código y establecen las pautas generales de actuación que deben ser observadas por todo el personal de BLING BLING, s.l. en su desempeño profesional.

 
Valores socios

En el ejercicio de sus derechos de propiedad, deben:

Configurar la empresa como un instrumento al servicio de la creación de riqueza, haciendo compatible su ineludible finalidad de obtención de beneficios con un desarrollo social sostenible y respetuoso con el medio ambiente, procurando que toda su actividad se desarrolle de manera ética y responsable.

Configurar la empresa como una institución a medio y largo plazo sin que el afán de enriquecimiento a corto plazo comprometa su continuidad.

Ejercitar, de modo informado y responsable, sus derechos de voto en las juntas generales de socios y, al hacerlo, exigir siempre la actuación ética de la empresa, incluyendo la aprobación del correspondiente código ético y procurando su efectiva aplicación.

Buscar un justo equilibrio entre el capital y el trabajo de modo que los trabajadores reciban a través de sus salarios la justa contraprestación por su trabajo.

Nombrar como administradores y directivos a personas que reúnan las condiciones de preparación y experiencia adecuadas y que realicen un ejercicio profesional, ético y responsable de su gestión.

Definir y defender la misión y los valores de la empresa en línea con su código ético.

Administradores y directivos:

En el ejercicio de sus funciones de administración y gestión, deben:

En relación con sus funciones de dirección:

Realizar un ejercicio profesional, ético y responsable de su actividad.

Cumplir y hacer cumplir el código ético de la empresa y para ello darlo a conocer y establecer los mecanismos adecuados para garantizar su aplicación.

Informar puntualmente y con exactitud a los propietarios o socios de la situación y perspectivas de la empresa.

Promover la participación efectiva de los socios en las junta generales, de modo especial mediante la facilitación del ejercicio de sus derechos de información y voto.

Cumplir y hacer cumplir las normas y principios de contabilidad generalmente aceptados y establecer los sistemas internos y externos de control y gestión del riesgo adecuados a las características de la empresa.

Mantener los libros y registros de la empresa con exactitud y honestidad, de modo que permitan la obtención de información y la toma de decisiones de forma consciente y responsable.

Facilitar a los auditores, externos e internos, de la empresa toda la información y explicaciones que requieran para la realización de su trabajo.

Subordinar los intereses propios a los de la empresa cuando actúen en nombre y representación de ésta y no utilizar los activos sociales en su propio beneficio salvo con la debida transparencia, previa la autorización del órgano social pertinente y mediante la contraprestación que sea adecuada en el mercado.

Comunicar inmediatamente al órgano de administración, cualquier hecho o situación que pudiera suponer o llegar a ocasionar un conflicto entre el interés de la empresa y el particular del administrador o directivo y abstenerse de intervenir en su resolución.

Facilitar la transparencia y el control de sus retribuciones de modo que se garantice su adecuación a su nivel de responsabilidad y desempeño y a las características de la empresa.

Mantener la confidencialidad de los antecedentes, datos y documentos a los que tengan acceso por razón de sus funciones en la empresa, incluso después de haber cesado en ellas.

Hacer frente al pago y cumplimiento de las deudas y obligaciones de la empresa sin dilaciones ni incumplimientos injustificados y proceder al cobro de sus créditos con la diligencia que el caso requiera.

Elaborar y mantener vigente un plan de sucesión en los puestos clave de la empresa, de modo que la continuidad de ésta no dependa de la permanencia de ningún administrador ni directivo.

Elegir a sus colaboradores y subordinados con arreglo a los principios de mérito y capacidad, procurando únicamente el interés de la empresa.

En relación con sus proveedores y clientes de la empresa:

Relacionarse con los proveedores de bienes y servicios de forma ética y lícita.

Buscar y seleccionar únicamente proveedores cuyas prácticas empresariales respeten la dignidad humana, no incumplan la ley y no pongan en peligro la reputación de la empresa.

Seleccionar a los proveedores en base a la idoneidad de sus productos o servicios, así como de su precio, condiciones de entrega y calidad, no aceptando ni ofreciendo regalos o comisiones, en metálico o en especie, que puedan alterar las reglas de la libre competencia en la producción y distribución de bienes y servicios.

Buscar la excelencia de los bienes y servicios de la empresa de modo que sus clientes y consumidores obtengan la satisfacción esperada de aquellos.

Garantizar los productos y servicios de la empresa y atender de forma rápida y eficaz las reclamaciones de consumidores y usuarios buscando su satisfacción más allá del mero cumplimiento de la normativa vigente.

En relación con los competidores de la empresa:

No abusar de una posición dominante o privilegiada en el mercado.

Competir lealmente con otras empresas cooperando a la consecución de un libre mercado basado en el respeto mutuo entre competidores, absteniéndose de realizar prácticas desleales.

En particular, no captar clientes de otros competidores mediante métodos no éticos.

En relación con los empleados de la empresa:

Tratar con dignidad, respeto y justicia a los empleados, teniendo en consideración su diferente sensibilidad cultural.

No discriminar a los empleados por razón de raza, religión, edad, nacionalidad, sexo o cualquier otra condición personal o social ajena a sus condiciones de mérito y capacidad.

No permitir ninguna forma de violencia, acoso o abuso en el trabajo.

Reconocer los derechos de asociación, sindicación y negociación colectiva.

Fomentar el desarrollo, formación y promoción profesional de los empleados.

Vincular la retribución y promoción de los empleados a sus condiciones de mérito y capacidad.

Establecer y comunicar criterios y reglas claras que mantengan equilibrados los derechos de la empresa y de los empleados en los procesos de contratación y en los de separación de éstos incluso en caso de cambio voluntario de empleador.

Garantizar la seguridad e higiene en el trabajo, adoptando cuantas medidas sean razonables para maximizar la prevención de riesgos laborales.

Procurar la conciliación del trabajo en la empresa con la vida personal y familiar de los empleados.

Procurar la integración laboral de las personas con discapacidad o minusvalías, eliminando todo tipo de barreras en el ámbito de la empresa para su inserción.

Facilitar la participación de los empleados en los programas de acción social de la empresa.

En relación con la sociedad civil:

Respetar los derechos humanos y las instituciones democráticas y promoverlos donde sea posible.

Mantener el principio de neutralidad política, no interfiriendo políticamente en las comunidades donde desarrolle sus actividades, como muestra además de respeto a las diferentes opiniones y sensibilidades de las personas vinculadas a la empresa.

Relacionarse con las autoridades e instituciones públicas de manera lícita y respetuosa no aceptando ni ofreciendo regalos o comisiones, en metálico o en especie.

Colaborar con las administraciones públicas y con las entidades y organizaciones no gubernamentales dedicadas a mejorar los niveles de atención social de los más desfavorecidos.

Prestar especial atención a la prevención de conducta que pudieran estar relacionadas con el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, a través de la aplicación de medidas de dliigencia debida, información y control interno y máxima colaboración a las autoridades competentes.

Proteger y respetar el medio ambiente, cumpliendo rigurosamente las leyes y otras disposiciones de carácter general protectoras del medio ambiente, y la normativa de seguridad legal y reglamentaria en cada caso, aplicando además la eficiencia en el consumo de recursos, mínimo impacto ambiental y social negativo, y prevención de la contaminación.

Comportarse de tal modo que no induzcan a un funcionario público, autoridad o particular a violar sus deberes de imparcialidad o cualquier precepto legal. nuestra empresa no admite la realización de ningún regalo, invitación o atención a autoridades, funcionarios públicos o particulares que supere los criterios establecidos en la política anticorrupción.

Esta prohibición se extiende también a personas estrechamente vinculadas por lazos familiares o de amistad al funcionario público, autoridad o particular.

Seguimiento y control

la importancia que el cumplimiento del código ético tiene en la actividad de BLING BLING, s.l. obliga a que la consecución de este objetivo cuente con los medios materiales y humanos necesarios.

Todo el personal de BLING BLING, s.l. que se encuentra obligado a cumplir el presente código tiene la obligación de conocer su contenido y los valores sobre los que se sustenta. de igual modo, tienen la obligación de respetarlo y ayudar al resto del equipo en su cumplimiento.

Este código es dinámico y está abierto a la participación de todos. Cualquier sugerencia de mejora, duda o crítica debe ser puesta en conocimiento de la empresa.

Órgano de cumplimiento

Para la supervisión del funcionamiento y cumplimiento de dicho sistema, el órgano de cumplimiento dispone de poderes autónomos de iniciativa y control.

El órgano de cumplimiento es el encargado de la implementación del modelo de prevención de riesgos penales de BLING BLING, s.l. y su mejora continua. Para ello, el órgano de cumplimiento elaborará y mantendrá actualizado el mapa de riesgos penales de BLING BLING, s.l., y propondrá al órgano de administración las medidas y controles que considere necesarios para la mejora del modelo de prevención de riesgos penales.

Canal de denuncias

Los directivos y empleados de BLING BLING, s.l. tienen el deber de denunciar los comportamientos ilícitos, irregularidades e incumplimientos de los que tengan conocimiento. Las denuncias además de servir para descubrir posibles irregularidades constituyen una herramienta imprescindible para que el código ético despliegue toda su vigencia y para mejorar continuamente nuestro sistema de prevención y normas de calidad.

Ningún trabajador debe pensar que actúa en interés de la empresa cuando oculta un hecho o incidente que vulnera la ley o el código ético.

Régimen disciplinario

Se podrán establecer regulaciones específicas, complementarias o que desarrollen este código ético, que incorporen determinadas medidas correctoras para casos de incumplimiento.

BLING BLING, s.l. ejercerá las medidas legales o disciplinarias que considere adecuadas, de acuerdo con la legislación vigente, para evitar el incumplimiento del presente código ético.

El comportamiento inadecuado, y por tanto sujeto a sanción legal o disciplinaria, alcanzará no sólo al que infrinja el código sino también a aquéllos que por acción u omisión aprueben dichos comportamientos o tengan conocimiento de dichas infracciones y no traten de subsanarlas de inmediato.

Vigencia código ético

El presente código ético entra en vigor desde su aprobación por el órgano de administración de BLING BLING, s.l., y permanecerá vigente mientras el citado órgano no apruebe su actualización, revisión o derogación. El código se revisará y actualizará con la periodicidad que también indique el órgano de administración.

Todos los profesionales de BLING BLING, s.l. aceptan expresamente el contenido íntegro de este código ético, que se anexará a los contratos laborales de todos los profesionales, estando informados de que cualquier incumplimiento grave del mismo puede dar lugar a la extinción del contrato laboral.

Este código es dinámico y está abierto a la participación de todos. Cualquier sugerencia de mejora, duda o crítica debe ser puesta en conocimiento de la empresa.

 

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