CÓDIGO ÉTICO
SEGUIMIENTO Y CONTROL
El presente Código Ético, así como las políticas y procesos que del mismo se deriven, son de aplicación a todos los profesionales de BLING BLING, S.L. con independencia de su nivel jerárquico, ubicación funcional o geográfica.
Por lo tanto, es de aplicación al órgano de administración de BLING BLING, S.L., a la alta dirección y a todos sus empleados.
Todos aquellos profesionales de BLING BLING, S.L. con personal a su cargo, además, velarán porque las personas a su cargo conozcan y cumplan con el Código Ético, nuestras políticas y procesos, predicando siempre con el ejemplo.
VALORES CORPORATIVOS
- Ética profesional, integridad, honradez, lealtad, eficacia y responsabilidad ante nuestros grupos de interés, en todas las actuaciones de BLING BLING, S.L., siempre con absoluto respeto a la legalidad vigente.
- Espíritu de superación y mejora continua en el desempeño profesional con permanente orientación a la excelencia.
- Transparencia en la difusión de la información, que ha de ser adecuada, veraz y contrastable y completa.
- Repeto por los principios establecidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Declaración de los Principios Fundamentales de Derecho en el Trabajo de la Organización Internacional del Trabajo.
- Igualdad basada en la tolerancia 0 con la discriminación por razones de raza, color nacionalidad, origen social, edad, sexo, orientación sexual, religión, ideología política o cualquier otra característica personal, física o social de sus profesionales.
- Creación de valor con búsqueda permanente de la rentabilidad y el crecimiento sostenibles.
- Impulso constante a la calidad comprometida, innovación, seguridad y respeto al medio ambiente.
Estos valores constituyen la base sobre la que se sustenta este Código y establecen las pautas generales de actuación que de- ben ser observadas por todo el personal de BLING BLING, S.L. en su desempeño profesional.
Valores SOCIOS
En el ejercicio de sus derechos de propiedad, deben:
- Configurar la empresa como un instrumento al servicio de la creación de riqueza, haciendo compatible su ineludible finalidad de obtención de beneficios con un desarrollo social sostenible y respetuoso con el medio ambiente, procurando que toda su actividad se desarrolle de manera ética y responsable.
- Configurar la empresa como una institución a medio y largo plazo sin que el afán de enriquecimiento a corto plazo comprometa su continuidad.
- Ejercitar, de modo informado y responsable, sus derechos de voto en las Juntas Generales de Socios y, al hacerlo, exigir siempre la actuación ética de la empresa, incluyendo la aprobación del correspondiente Código Ético y procurando su efectiva aplicación.
- Buscar un justo equilibrio entre el capital y el trabajo de modo que los trabajadores reciban a través de sus salarios la justa contraprestación por su trabajo.
- Nombrar como administradores y directivos a personas que reúnan las condiciones de preparación y experiencia adecuadas y que realicen un ejercicio profesional, ético y responsable de su gestión.
- Definir y defender la misión y los valores de la empresa en línea con su Código Ético.
ADMINISTRADORES Y DIRECTIVOS
En el ejercicio de sus funciones de administración y gestión, deben:
En relación con sus funciones de DIRECCIÓN
- Realizar un ejercicio profesional, ético y responsable de su actividad.
- Cumplir y hacer cumplir el Código Ético de la empresa y para ello darlo a conocer y establecer los mecanismos adecuados para garantizar su aplicación.
- Informar puntualmente y con exactitud a los propietarios o socios de la situación y perspectivas de la empresa.
- Promover la participación efectiva de los socios en las Junta Generales, de modo especial mediante la facilitación del ejercicio de sus derechos de información y voto.
- Cumplir y hacer cumplir las normas y principios de contabilidad generalmente aceptados y establecer los sistemas internos y externos de control y gestión del riesgo adecuados a las características de la empresa.
- Mantener los libros y registros de la empresa con exactitud y honestidad, de modo que permitan la obtención de información y la toma de decisiones de forma consciente y responsable.
- Facilitar a los auditores, externos e internos, de la empresa toda la información y explicaciones que requieran para la realización de su trabajo.
- Subordinar los intereses propios a los de la empresa cuando actúen en nombre y representación de ésta y no utilizar los activos sociales en su propio beneficio salvo con la debida transparencia, previa la autorización del órgano social pertinente y mediante la contraprestación que sea adecuada en el mercado.
- Comunicar inmediatamente al órgano de administración, cualquier hecho o situación que pudiera suponer o llegar a ocasionar un conflicto entre el interés de la empresa y el particular del administrador o directivo y abstenerse de intervenir en su resolución.
- Facilitar la transparencia y el control de sus retribuciones de modo que se garantice su adecuación a su nivel de responsabilidad y desempeño y a las características de la empresa.
- Mantener la confidencialidad de los antecedentes, datos y documentos a los que tengan acceso por razón de sus funciones en la empresa, incluso después de haber cesado en ellas.
- Hacer frente al pago y cumplimiento de las deudas y obligaciones de la empresa sin dilaciones ni incumplimientos injustificados y proceder al cobro de sus créditos con la diligencia que el caso requiera.
- Elaborar y mantener vigente un plan de sucesión en los puestos clave de la empresa, de modo que la continuidad de ésta no dependa de la permanencia de ningún administrador ni directivo.
- Elegir a sus colaboradores y subordinados con arreglo a los principios de mérito y capacidad, procurando únicamente el interés de la empresa.
En relación con sus PROVEEDORES y CLIENTES de la empresa:
- Relacionarse con los proveedores de bienes y servicios de forma ética y lícita.
- Buscar y seleccionar únicamente proveedores cuyas prácticas empresariales respeten la dignidad humana, no incumplan la ley y no pongan en peligro la reputación de la empresa.
- Seleccionar a los proveedores en base a la idoneidad de sus productos o servicios, así como de su precio, condiciones de entrega y calidad, no aceptando ni ofreciendo regalos o comisiones, en metálico o en especie, que puedan alterar las reglas de la libre competencia en la producción y distribución de bienes y servicios.
- Buscar la excelencia de los bienes y servicios de la empresa de modo que sus clientes y consumidores obtengan la satisfacción esperada de aquellos.
- Garantizar los productos y servicios de la empresa y atender de forma rápida y eficaz las reclamaciones de con- sumidores y usuarios buscando su satisfacción más allá del mero cumplimiento de la normativa vigente.
En relación con los COMPETIDORES de la empresa:
- No abusar de una posición dominante o privilegiada en el mercado.
- Competir lealmente con otras empresas cooperando a la consecución de un libre mercado basado en el respeto mutuo entre competidores, absteniéndose de realizar practicas desleales.
- En particular, no captar clientes de otros competidores mediante métodos no éticos.
En relación con los EMPLEADOS de la empresa:
- Tratar con dignidad, respeto y justicia a los empleados, teniendo en consideración su diferente sensibilidad cultural.
- No discriminar a los empleados por razón de raza, religión, edad, nacionalidad, sexo o cualquier otra condición personal o social ajena a sus condiciones de mérito y capacidad.
- No permitir ninguna forma de violencia, acoso o abuso en el trabajo.
- Reconocer los derechos de asociación, sindicación y negociación colectiva.
- Fomentar el desarrollo, formación y promoción profesional de los empleados.
- Vincular la retribución y promoción de los empleados a sus condiciones de mérito y capacidad.
- Establecer y comunicar criterios y reglas claras que mantengan equilibrados los derechos de la empresa y de los empleados en los procesos de contratación y en los de separación de éstos incluso en caso de cambio voluntario de empleador.
- Garantizar la seguridad e higiene en el trabajo, adoptando cuantas medidas sean razonables para maximizar la prevención de riesgos laborales.
- Procurar la conciliación del trabajo en la empresa con la vida personal y familiar de los empleados.
- Procurar la integración laboral de las personas con discapacidad o minusvalías, eliminando todo tipo de barreras en el ámbito de la empresa para su inserción.
- Facilitar la participación de los empleados en los programas de acción social de la empresa.
En relación con la SOCIEDAD CIVIL:
- Respetar los derechos humanos y las instituciones democráticas y promoverlos donde sea posible.
- Mantener el principio de neutralidad política, no interfiriendo políticamente en las comunidades donde desarrolle sus actividades, como muestra además de respeto a las diferentes opiniones y sensibilidades de las personas vinculadas a la empresa.
- Relacionarse con las autoridades e instituciones públicas de manera lícita y respetuosa no aceptando ni ofreciendo regalos o comisiones, en metálico o en especie.
- Colaborar con las Administraciones Públicas y con las entidades y organizaciones no gubernamentales dedicadas a mejorar los niveles de atención social de los más desfavorecidos.
- Prestar especial atención a la prevención de conducta que pudieran estar relacionadas con el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, a través de la aplicación de medidas de dliigencia debida, información y control interno y máxima colaboración a las autoridades competentes.
- Proteger y respetar el medio ambiente, cumpliendo rigurosamente las leyes y otras disposiciones de carácter general protectoras del medio ambiente, y la normativa de seguridad legal y reglamentaria en cada caso, aplicando además la eficiencia en el consumo de recursos, mínimo impacto ambiental y social negativo, y prevención de la contaminación.
- Comportarse de tal modo que no induzcan a un funcionario público, autoridad o particular a violar sus deberes de imparcialidad o cualquier precepto legal. Nuestra empresa no admite la realización de ningún regalo, invitación o atención a autoridades, funcionarios públicos o particulares que supere los criterios establecidos en la Política anticorrupción.
Esta prohibición se extiende también a personas estrechamente vinculadas por lazos familiares o de amistad al funcionario público, autoridad o particular.
SEGUIMIENTO y CONTROL
La importancia que el cumplimiento del Código Ético tiene en la actividad de BLING BLING, S.L. obliga a que la consecución de este objetivo cuente con los medios materiales y humanos necesarios.
Todo el personal de BLING BLING, S.L. que se encuentra obligado a cumplir el presente Código tiene la obligación de conocer su contenido y los valores sobre los que se sustenta. De igual modo, tienen la obligación de respetarlo y ayudar al resto del equipo en su cumplimiento.
Este Código es dinámico y está abierto a la participación de todos. Cualquier sugerencia de mejora, duda o crítica debe ser puesta en conocimiento de la em- presa.
ÓRGANO de CUMPLIMIENTO
Para la supervisión del funcionamiento y cumplimiento de dicho sistema, el órgano de cumplimiento dispone de poderes autónomos de iniciativa y control.
El órgano de cumplimiento es el encargado de la implementación del modelo de prevención de riesgos penales de BLING BLING, S.L. y su mejora continua. Para ello, el órgano de cumplimiento elaborará y mantendrá actualizado el mapa de riesgos penales de BLING BLING, S.L., y propondrá al órgano de administración las medidas y controles que considere necesarios para la mejora del modelo de prevención de riesgos penales.
CANAL de DENUNCIAS
Los directivos y empleados de BLING BLING, S.L. tienen el deber de denunciar los comportamientos ilícitos, irregularidades e incumplimientos de los que tengan conocimiento. Las denuncias además de servir para descubrir posibles irregularidades constituyen una herramienta imprescindible para que el Código Ético despliegue toda su vigencia y para mejorar continuamente nuestro sistema de prevención y normas de calidad.
Ningún trabajador debe pensar que actúa en interés de la empresa cuando oculta un hecho o incidente que vulnera la ley o el Código Ético.
RÉGIMEN DISCIPLINARIO
Se podrán establecer regulaciones específicas, complementarias o que desarrollen este Código Ético, que incorporen determinadas medidas correctoras para casos de incumplimiento.
BLING BLING, S.L. ejercerá las medidas legales o disciplinarias que considere adecuadas, de acuerdo con la legislación vigente, para evitar el incumplimiento del presente Código Ético.
El comportamiento inadecuado, y por tanto sujeto a sanción legal o disciplinaria, alcanzará no sólo al que infrinja el Código sino también a aquéllos que por acción u omisión aprueben dichos comportamientos o tengan conocimiento de dichas infracciones y no traten de subsanarlas de inmediato.
VIGENCIA CÓDIGO ÉTICO
El presente Código Ético entra en vigor desde su aprobación por el órgano de administración de BLING BLING, S.L., y permanecerá vigente mientras el citado órgano no apruebe su actualización, revisión o derogación. El Código se revisará y actualizará con la periodicidad que también indique el órgano de administración.
Todos los profesionales de BLING BLING, S.L. aceptan expresamente el contenido íntegro de este Código Ético, que se anexará a los contratos laborales de todos los profesionales, estando informados de que cualquier incumplimiento grave del mismo puede dar lugar a la extinción del contrato laboral.
Este Código es dinámico y está abierto a la participación de todos. Cualquier sugerencia de mejora, duda o crítica debe ser puesta en conocimiento de la empresa.